¿Cómo podrás movilizarte el 24, 25, 31 de diciembre y 1 de enero?

El gobierno adoptó esta medida con el fin de evitar un contagio masivo por coronavirus durante las fiestas de fin de año.

Durante la primera rueda de prensa del presidente Francisco Sagasti, él y sus ministros precisaron que, con el fin de evitar el contagio masivo por COVID-19 durante las fiestas de fin de año, se tomaron algunas medidas restrictivas.

“En el Consejo de Ministros hemos ratificado que es fundamental que en estas fiestas tengamos que adoptar patrones de comportamiento distintos a los tradicionales. El día 24 de diciembre es un día no laborable compensable, como el 31 de diciembre. Se restringirá la circulación del transporte privado los días 24 y 25 de diciembre, así como los días 31 de diciembre y 1 de enero del 2021”, señaló la primera ministra Violeta Bermúdez.

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Es decir, las personas que opten por desplazarse en las fechas indicadas, lo tendrán que hacer a través de transporte público, sea en buses, microbuses, el Metropolitano y taxis formales; o en transporte no motorizado como la bicicleta o scooters eléctricos.

La normativa se oficializó este jueves con la publicación del Decreto Supremo N° 194-2020-PCM en El Peruano.

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¿Los taxis por aplicativo y delivery estarán permitidos en Navidad y Año Nuevo?

De acuerdo con el ministro de la Producción, José Chicoma, la restricción de movilidad durante el 24, 25 y 31 de diciembre, así como el 1 de enero, solo atañe al transporte privado. Es decir, estarán permitidos los servicios de taxi por aplicativo o el delivery de alimentos o productos.

Explicó también que cualquier actividad comercial, como entrega de carga, delivery, bienes comerciales, servicios, etc., sí se va a poder realizar.

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