Conoce las actividades autorizadas para funcionar los domingos de inmovilización

Se autoriza la circulación del personal estrictamente necesario el día de inmovilización social obligatoria.

La inmovilización social obligatoria para todos los ciudadanos a nivel nacional vuelve los días domingos, pero hay actividades que no se detendrán.

Según el Decreto Supremo N° 139-2020-PCM, emitido hace unos días por el Gobierno, durante la inmovilización social obligatoria del domingo puede circular el personal estrictamente necesario que participa en la prestación de las siguientes actividades:

  • Servicios de abastecimiento de alimentos y medicinas.
  • Salud.
  • Servicios financieros.
  • Servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery).
  • Continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas.
  • Limpieza y recojo de residuos sólidos.
  • Servicios funerarios.
  • Transporte de carga y mercancías y actividades conexas.
  • Transporte de caudales, según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
  • Farmacias, droguerías y boticas pueden brindar atención de acuerdo a la norma de la materia.
  • Prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad para fines de identificación.

La norma también permite el desplazamiento de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud y la adquisición de medicamentos.

Vía: Andina 

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