Alicorp anunció que desde el 01 de mayo no cobrará el Impuesto General a las Ventas (IGV) en ninguna de sus marcas de pastas y panes precocidos, en cumplimiento de la Ley 31452.
Alicorp informó mediante un comunicado publicado en su página web y en sus redes sociales, que desde este 01 de mayo no cobrará el Impuesto General a las Ventas (IGV) en ninguna de sus marcas de pastas, en todas sus presentaciones, ni en panes precocidos, por estar dentro de las categorías incluidas en la Ley 31452.
Cabe recordar que la Ley 31452 exonera del impuesto general a las ventas (IGV) a algunos de los principales alimentos de la canasta básica familiar, del 01 de mayo al 31 de julio del 2022.
El comunicado señala, “Cumpliendo con la Ley 31452 que exonera del Impuesto General a las Ventas a algunos alimentos de la canasta básica familiar, a partir del domingo 1° de mayo del 2022, en Alicorp no cobraremos el IGV en ninguna de nuestras marcas de pastas, en todas sus presentaciones, ni en panes precocidos que son las categorías incluidas en esta ley. Alicorp ratifica su permanente compromiso con el desarrollo del país y con el cumplimiento de las normativas que le son aplicables”.
Sobre la Ley 31452
Dicha normativa tiene como objetivo atenuar el impacto inflacionario generado por la coyuntura económica internacional.
La Ley 31452 precisa que se exonera del IGV, hasta el 31 de julio del 2022, la venta en el país o importación de los siguientes bienes que conforman la canasta básica familiar:
- Carne de aves de la especie Gallus domesticus (gallina, gallo, pollo) fresca, refrigerada o congelada.
- Huevos frescos de gallina de la especie Gallus domesticus.
- Azúcar.
- Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma.
- Pan.
LEE: Fundación Romero y Grupo Palmas entregan 15 mil mascarillas KN95 a población de la selva
LEE: Cómo elaborar un presupuesto básico para mi emprendimiento