Aprueban protocolos para que empresas reanuden comercio electrónico

El e-commerce se reiniciará solo en Lima Metropolitana. Empresas deben haber facturado ventas por S/ 3 millones o más en el 2019 y tener 2 locales o más.

El Ministerio de la Producción (Produce) publicó este martes el protocolo sanitario de operación y los criterios técnicos para el reinicio de la actividad de comercio electrónico de bienes para el hogar y afines, así como los criterios de focalización territorial, en el marco del plan de reactivación económica durante el estado de emergencia nacional por el nuevo coronavirus (COVID-19).

Se establece que las empresas deben implementar sus planes en línea con lo dispuesto por el Ministerio de Salud (Minsa), además de enfocarse en acciones de higiene, limpieza y desinfección, equipo de protección individual, horarios de trabajo flexibles y distanciamiento social, entre otros aspectos. También deben realizar modificaciones o adecuaciones necesarias en la infraestructura y ambiente de trabajo.

También se indica que los empleadores no deben exigir al trabajador pruebas de detección del COVID-19 como una condición para contratarlo, ni para aprobar su licencia por enfermedad ni cuando regresen al trabajo. “Es posible que el sistema de salud esté sumamente ocupado y no tengan posibilidad de emitir este tipo de documentación en tiempo y forma”, se indicó.

Se establece que las empresas autorizadas para realizar la actividad de e-commerce podrán operar únicamente en Lima Metropolitana, y el despacho a domicilio se hará con servicio de entrega propio a través de los centros de distribución de las empresas o de tiendas especializadas a puerta cerrada.

Se considerará a negocios formales que hayan facturado ventas anuales por S/ 3 millones o más en el 2019 y cuenten con 2 o más locales comerciales, y facturar ventas a través de sus plataformas e-commerce por un monto no menor al 2% de sus ventas anuales el año pasado.

Tener la condición de empresa formal implica estar inscrita en la Sunarp y contar con licencia de funcionamiento, así como contar con RUC (puedes leer el anexo sobre el tema aquí).

Puedes leer el protocolo para el comercio electrónico de bienes para el hogar y afines aquí.

Ver Resolución Ministerial N° 137-2020-PRODUCE aquí

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