Este beneficio sólo le corresponderá a quienes laboren ese feriado, sin descanso sustitutorio.
Este 1 de noviembre, Día de Todos los Santos, es feriado para todos los trabajadores públicos y privados; es decir no te tocará ir a trabajar. Pero ¿qué pasa si para esa fecha, te toca laborar de todos modos? Víctor Zavala, gerente del Área Legal de la Cámara de Comercio de Lima, explicó en el portal Gestión.pe cómo será tu remuneración.
“Si el trabajador labora el 1 de noviembre, sin descanso sustitutorio, percibirá: (i) una remuneración diaria por el feriado; (ii) una segunda remuneración por el trabajo realizado; y (iii) una tercera remuneración adicional por haber laborado en día feriado, siempre que no tenga descanso sustitutorio en otro día”, dijo.
¿Si no trabajo ese feriado?
En caso no trabajes esa fecha, ¡no te preocupes! recibirás el sueldo que te corresponde por el 1 de noviembre.
¿Si laboro el feriado con descanso sustitutorio otro día?
Sólo te pagarán el sueldo diario que te corresponde, que será incluido en tu sueldo semanal, quincenal mensual.
Feriados que quedan de 2017
Los feriados nacionales no laborables que quedan para este 2017 son por Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Navidad (25 de diciembre).