La Municipalidad Provincial del Cusco publicó recientemente la Ordenanza N° 011-2019-MPC, que restringe el horario de funcionamiento de los locales comerciales dedicados al entretenimiento de turistas y ciudadanos, y les exige operar en horas establecidas arbitrariamente, informó la Asociación de Eliminación de Barreras Burocráticas (ADEB).
>LEE: Jorge Lazarte: ¿Qué son las barreras burocráticas y por qué debemos denunciarlas?
La restricción de horarios aplica para locales como discotecas, peñas, restaurantes, bares, pubs y karaokes; los cuales no podrán operar pasadas las 02:30 a.m., e inclusive no podrán abrir sus puertas antes de las 6 p.m. Esta imposición se extiende para licorerías, eventos públicos no deportivos y locales que se alquilen para reuniones o fiestas sociales, afirmó la organización.
En el caso particular de la ciudad del Cusco – señaló la ADEB – dichas restricciones afectan significativamente a la industria del turismo y desaceleran la economía ya que nos encontramos frente a uno de los principales atractivos turísticos a nivel mundial.
“Se trata de una norma que sin duda afectará el ingreso de capitales a nuestro país, y pondrá en riesgo la permanencia en el mercado de centenares de locales comerciales que tienen como principal actividad económica el entretenimiento de los visitantes a la ciudad imperial”, indicó la asociación.
“Por estas consideraciones, hemos identificado la restricción horaria de funcionamiento de esta municipalidad como la barrera de la semana”, agregó.
Conoce aquí la ordenanza Nro. 011-2019-MPC emitida por la Municipalidad Provincial del Cusco: http://bit.ly/2wLIt5j
>LEE: Barreras burocráticas: Documentos y requisitos que municipalidades ya no pueden exigir a negocios