Si trabajas en una micro, pequeña, mediana y gran empresa, de acuerdo a los días laborados, debes tener en cuenta que el depósito de tu CTS no será el mismo.
Hasta el 15 de mayo, los empleadores de la micro, pequeña, mediana y gran empresa tienen plazo para depositar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondiente al periodo semestral noviembre 2017 – abril 2018, informó la Cámara de Comercio de Lima.
“El monto de la CTS a depositar se determinará según el tipo de empresa y el tiempo que ha laborado el trabajador en el periodo semestral”, dijo Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL. Pero ¿qué procedimientos siguen las empresas para realizar este depósito?
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Mediana y gran empresa
De haber laborado el período semestral completo (noviembre 2017 – abril 2018), el depósito de la CTS del trabajador será el 50% de la siguiente suma: el sueldo de abril del 2018 más un sexto de la gratificación recibida en diciembre del 2017. “Por ejemplo, si el sueldo de abril es S/3.000 y un sexto de la gratificación de diciembre fue S/500 este será igual a S/3.500, por tanto el 50% a depositar será S/1.750”, manifestó.
Si el trabajador no ha laborado el semestre completo, por cada mes laborado percibirá un sexto del sueldo más la gratificación. Por ejemplo, si laboró dos meses, el monto a depositar será dos sextos de S/3.500 = S/1.166. [Foto: Andina]
Pequeña empresa
Para la pequeña empresa, cuyos ingresos anuales no son superiores a 1.700 UIT (S/7’055.000), se pueden presentar tres casos para el pago de la CTS: si la pequeña empresa no está inscrita en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), todos sus trabajadores antiguos y nuevos tendrán derecho a la CTS conforme a la regla general (caso de la mediana y gran empresa).
“En caso la pequeña empresa esté inscrita en el Remype, los trabajadores contratados hasta antes de su registro, tendrán derecho a la CTS, según la regla general. Si el trabajador ha sido contratado luego de que la empresa se inscribió en el Remype, su CTS será el 50%, calculado según la regla general.
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Microempresa
Para la microempresa, cuyos ingresos anuales no superen 150 UIT (S/622.500), igualmente se presentan tres casos: (i) Si la microempresa no está inscrita en Remype, todos sus trabajadores tendrán derecho a la CTS bajo la regla general; (ii) si la microempresa se inscribió en el Remype, los trabajadores contratados antes de su registro tienen derecho a la CTS bajo la regla general; y (iii) si los trabajadores fueron contratados después de que la microempresa se inscribiera en el Remype, estos no tienen derecho a CTS.
Cabe señalar que los trabajadores que al 30 de abril del 2018 tengan menos de un mes de servicios, no tienen derecho al depósito de la CTS; pero los días laborados se sumarán al semestre mayo – octubre del 2018, y la CTS acumulada se depositará hasta el 15 de noviembre del 2018.