Impuesto. De acuerdo con el predictamen, los alimentos procesados sólidos generan “externalidades negativas”, por lo que estos costes sociales deben ser internalizados por los consumidores para reducir su compra.
Este miércoles 19 de mayo la Comisión de Economía del Congreso evaluará el dictamen que incorpora a los alimentos sólidos procesados en la aplicación del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).
La norma pretende aplicar un impuesto de entre 1% y 150% a la compra de alimentos como arroz, fideos, cereales, pan, galletas, mantecas, quesos, embutidos, productos cárnicos, conservas de pescado, entre otros.
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El ISC, que en la actualidad se aplica a cigarrillos, cervezas y otros, tiene como fin desincentivar el consumo de productos que dañan el medio ambiente o la salud, factor con el que se justifica la propuesta del Congreso.
De acuerdo con el predictamen, los alimentos procesados sólidos generan “externalidades negativas” derivadas de un consumo no responsable por lo que estos costes sociales deben ser internalizados por los consumidores con el fin de reducir su compra.
“Si aumentara el precio de los alimentos procesados sólidos, los hogares más pobres serían los que reducirían más su consumo. Estas reducciones en consumo podrían tener efectos positivos, pues implican ahorros importantes en gastos altos de salud”, indican en el proyecto planteado.
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Posibles consecuencias
La Sociedad Nacional de Industrias (SNI) advierte que la inclusión de estos productos en el ISC aumentaría el precio de la canasta básica familiar y generaría inflación.
Además, la SNI apunta a que perjudicarían a pequeños negocios como las panaderías y bodegas
Por otro lado, la Asociación Peruana de Empresarios de la Panadería y Pastelería (Aspan) señala que un impuesto a sus productos afectaría a la producción de panetones, turrones y otros productos panificables embolsados diariamente.
Otra inclusión al ISC
La Comisión de Economía también busca incluir a los cigarrillos electrónicos en la aplicación del ISC.
El documento plantea que el producto denominado “soluciones líquidas que se usan para vaporizar en sistemas electrónicos de administración de nicotina y similares sin nicotina”, pague una tasa de entre 20% y 100% de sus precios de venta.
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