Se trata de 3 escalas de multas diferenciadas, la primera para la micro empresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa, indicó la CCL.
Las empresas que incumplan con el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) del periodo noviembre 2020 – abril 2021, el cual vence este 17 de mayo, pueden recibir multas diferenciadas por considerarse una infracción grave, indicó la Gerencia Legal de la CCL.
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Escala de multas
Se trata de 3 escalas de multas diferenciadas, la primera para la micro empresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa (No MYPE). Las multas van desde los S/ 484 hasta los S/ 114.928.
Las infracciones en las que puede incurrir la empresa en esta materia se clasifican en infracciones leves (no entregar la hoja de liquidación donde consta cómo se ha calculado la CTS) e infracciones graves (no depositar la CTS dentro del plazo establecido).
Las escalas de multas laborales vigentes fueron aprobadas por D.S. 008-2020-TR (10.02.20). La SUNAFIL puede aplicar multas por no depositar la CTS (infracción grave) y por no entregar la hoja de liquidación dentro de los 5 días de efectuado el depósito (infracción leve).
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Para determinar el monto de la multa, además del sector al que pertenece la empresa, se toma en cuenta el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT (S/ 4.400 vigente en el 2021).
Las multas para micro y pequeñas empresas inscritas en REMYPE no podrán superar en un mismo procedimiento sancionador el 1% de los ingresos netos percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.
Retiro del 100 %
Por única vez y hasta el 31 de diciembre 2021, se autoriza a los trabajadores a retirar el 100% de su CTS depositada en los bancos.
Cabe indicar que este martes 4 de mayo el Gobierno aprobó disposiciones reglamentarias para la aplicación de la Ley que autoriza el retiro del 100% de la CTS.
En el cuadro siguiente se indican las multas mínimas y máximas por infracciones leves y graves vinculadas a la CTS, según se trate de microempresas, pequeñas empresas y medianas y grandes empresas.
MICROEMPRESA | ||
Infracción: | Multa mínima | Multa máxima |
No entregar liquidación | S/198.00 | S/1,012.00 |
No depositar CTS | S/484.00 | S/1,980.00 |
PEQUEÑA EMPRESA | ||
Infracción: | Multa mínima | Multa máxima |
No entregar liquidación | S/ 396.00 | S/9,900.00 |
No depositar CTS | S/1,980.00 | S/19,800.00 |
MEDIANA Y GRAN EMPRESA | ||
Infracción: | Multa mínima | Multa máxima |
No entregar liquidación | S/1,144.00 | S/68,288.00 |
No depositar CTS | S/6,908.00 | S/114,928.00 |
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Vía: Revista La Cámara
