El Ministerio de Trabajo publicó el decreto supremo que declara jornada no laborable el 22 de octubre para los trabajadores de los sectores público y privado.
El Gobierno publicó la norma que declara este domingo 22 de octubre como jornada no laborable para los trabajadores públicos y privados, a fin de facilitar la realización de los Censos Nacionales 2017. Su vigencia regirá entre las 8:00 a.m. y 5:00 p.m., horario en el que se ha dispuesto la inamovilidad de la población.
Recuperación
Las horas no laboradas el domingo, declarado como “Día del Censo”, serán compensadas mediante acuerdo entre el empleador y los trabajadores. Y si no hubiera un arreglo, decidirá el empleador, de acuerdo a la norma.
La recuperación de horas, además, estará sujeta a parámetros de razonabilidad y no afectará el descanso semanal obligatorio del trabajador. En ningún caso la recuperación de horas será considerada como trabajo en sobretiempo.
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Censo especiales
La norma dispone también que los titulares de las entidades públicas y empleadores del sector privado adoptarán las medidas necesarias para garantizar a la comunidad la provisión de actividades necesarias mediante un empadronamiento especial de las personas que trabajarán el 22 de octubre.
Las labores realizadas ese día por este grupo de trabajadores serán remuneradas de manera ordinaria, conforme a las condiciones pactadas en el contrato de trabajo.
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Vía: Andina