Créditos. Se trata de un conjunto de disposiciones establecidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) dispuso una serie de medidas para garantizar que no se afecte el pago de los créditos concedidos por las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (Coopac) a los socios deudores que tienen un buen comportamiento crediticio, ello en caso de suscitarse circunstancias excepcionales y temporales.
Mediante un oficio múltiple enviado por la SBS a las Coopac, se precisa que tales medidas están orientadas específicamente a atender a los socios deudores afectados por declaratorias de estado de emergencia regional y sectorial.
En ese sentido, la SBS estableció que las Coopac podrán modificar las condiciones originales de los contratos, adecuándolas a los nuevos flujos de ingresos esperados del socio deudor. Asimismo, las referidas cooperativas podrán modificar sus cronogramas de pago, sin afectar su calificación crediticia.
Además, se estableció que las modificaciones contractuales no serán consideradas refinanciaciones, “siempre y cuando respondan a eventos excepcionales y temporales que no deriven de un deterioro permanente de la capacidad de pago y cumplan con los criterios y condiciones establecidos”.
Para el efecto, se establecen una serie de criterios que toman en consideración la evaluación individual del socio deudor, su clasificación de riesgo, el número máximo de días de atraso del crédito, los límites aplicables a la extensión del plazo original y el número de reprogramaciones, entre otros aspectos, “diferenciando su aplicación según se trate de créditos minoristas o no minoristas”.
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· Las Coopac son asociaciones sin fines de lucro conformadas por personas que se unen voluntariamente para ahorrar y recibir préstamos entre sus propios miembros. Se trata de organizaciones de propiedad conjunta.
· Quienes ahorran o piden un crédito no son clientes como en un banco, sino socios con voz y voto en las decisiones.
· Las Coopac no operan con el público general. En ese sentido, solo pueden ofrecer sus servicios financieros a sus miembros inscritos.
· Priorizan el apoyo mutuo y las tasas de interés competitivas por encima de las ganancias comerciales.
Vía: Guik