A partir del 1 de enero toda referencia a la moneda nacional será el “sol”.
El Banco Central de Reserva (BCR) indicó que solo hasta el 31 de diciembre de 2017, los documentos, transacciones, valores, precios, registros, contratos, facturas, boletas, letras de cambio y similares que consignen la unidad monetaria del Perú, podrán usar indistintamente los nombres “Nuevo Sol” y el “Sol”.
A partir del 1 de enero del próximo año, toda documentación deberá usar el nombre “Sol”. Toda alusión a “Nuevos Soles” en documentos emitidos antes de esa fecha se la considerará efectuada en Soles. [Foto: Andina]
Los billetes y monedas con la denominación “Nuevos Soles” continuarán siendo de aceptación forzosa en todo pago y circularán simultáneamente con los nuevos billetes y monedas denominados en “Soles”.
Conforme se vaya agotando el stock de los billetes y monedas expresados en “Nuevos Soles”, el BCR pondrá en circulación los nuevos billetes y monedas en “Soles”, tal como sucedió en 2016 con las monedas de 1, 2 y 5 soles, y más recientemente con los billetes de 10 y 100 soles.
En el caso de los billetes, el nombre de la unidad monetaria “Soles” se ubica encima del valor en números que cambia de color en el anverso; y en la parte superior izquierda del reverso. [Foto: Andina]
Cambio de denominación
El Congreso de la República, mediante Ley N° 30381, dispuso el cambio de denominación de la unidad monetaria del Perú, de “Nuevo Sol” a “Sol” a fines de 2015. El Banco Central dio un plazo de un año para el cambio, pero fue postergado hasta el 31 de diciembre de 2017, tomando en cuenta que existía inventarios de cheques, letras, órdenes de pago, entre otros documentos impresos, con la denominación “Nuevo Sol”.