Este lunes, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de fondos de pensiones (SBS) aprobó el reglamento de autorización de empresas y representantes de los sistemas financieros con el que se agilizará los licenciamientos y fusiones del sector.
La Resolución SBS N° 00211-2021 publicada en el Diario El Peruano establece los límites máximos de tiempo a cada una de las etapas de los procesos de licenciamiento y fusiones, en algunos casos de hasta 120 días hábiles como máximo.
La norma aplica para la constitución, reorganización y otras autorizaciones de naturaleza similar, requeridas por las empresas. También se aplica a sus subsidiarias, así como al establecimiento de empresas del exterior y de representantes de empresas no establecidas en el país.
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Antes de la presentación de la solicitud de organización, las compañías pueden solicitar a la superintendencia reunirse para presentar su plan de negocio y recibir información sobre las expectativas de la SBS, los requisitos, trámites, lineamientos generales, criterios de evaluación y forma de comunicación de los resultados de la evaluación.
Los organizadores deben presentar la solicitud de organización a la SBS, adjuntando la siguiente información:
- Proyecto de minuta de constitución social.
- Relación de organizadores y accionistas indicando su participación; y la información que se solicita en los artículos 5, 6 y 7 del reglamento.
- Relación de los directores, gerentes y principales funcionarios que figuran en el proyecto de minuta de constitución social o de los que se haya propuesto su designación; y la información que se solicita en el artículo 8 de este reglamento.
- El estudio de factibilidad de mercado, financiero y de gestión.
- Certificado de depósito de garantía, constituido en una empresa del sistema financiero del país y vigente al momento de presentarse la solicitud, a la orden de la Superintendencia o endosado a su favor, por un monto equivalente al 5% del capital mínimo vigente a la fecha de la solicitud.
- Cronograma de implementación de actividades requeridas para la presentación de la solicitud de comprobación para funcionamiento.
- Cuestionario de autoevaluación de organización debidamente suscrito conforme a los mecanismos y condiciones que establezca la Superintendencia, de acuerdo a lo publicado en el Portal Web Institucional.
- Documentos que sustenten las fuentes de capital propio con el que se propone iniciar operaciones.
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Cajas municipales
En el caso de la constitución de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito o Cajas Municipales de Crédito Popular, adicionalmente a la información antes referida, debe presentarse una copia del acuerdo del Concejo Municipal competente que determine la creación de la Caja y del nombramiento de los representantes designados.
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