Más de 550 mil contribuyentes ya han cumplido con presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2015, informó la Sunat. La cifra representa un incremento de 10% en comparación al año pasado.
Amigo lector, te contamos que más de 550 mil contribuyentes ya han cumplido con presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2015, informó la Sunat. La cifra representa un incremento de 10% en comparación al año pasado.
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Esto indica que a cinco días de concluir el cronograma de declaración, el 61% de los más de 900 mil contribuyentes obligados (entre profesionales independientes y empresas) ya presentó su declaración.
Dicho crecimiento confirma una mejora en la responsabilidad tributaria de los ciudadanos y que las facilidades y servicios implementados por la Sunat han facilitado el cumplimiento de esta obligación.
Servicios virtuales
La declaración se puede presentar a través de Internet desde la comodidad del hogar, oficina o cabina pública, ingresando con su “Clave SOL” a www.sunat.gob.pe. De esta forma, ya no es necesario acudir a una sede de la SUNAT para cumplir con la responsabilidad tributaria. No obstante, las oficinas del ente recaudador siempre están disponibles para ofrecer orientación.
También existen formularios virtuales, tanto para personas naturales (N° 701) como empresas (N° 702), que ya tienen una declaración pre-elaborada (con información sobre las rentas y estados financieros), la misma que solo se tiene que validar o modificar con solo un clic. Es decir, ahora ya no es necesario descargar un programa en una computadora para cumplir con esta obligación.
Como un segundo paso, luego de presentar la declaración, se puede efectuar el pago de los impuestos correspondientes con tarjetas de crédito o debido afiliadas a Verified by Visa. También, de ser el caso, se podrá solicitar la devolución de los pagos o retenciones en exceso por Internet. Estas se atenderán en un plazo máximo de 45 días hábiles.
Fraccionamiento inmediato
Las personas naturales que no puedan pagar la deuda tributaria calculada en la declaración, podrán fraccionarla inmediatamente a través de un nuevo formulario virtual, habilitado desde el mes de febrero, disponible en el portal de la SUNAT (www.sunat.gob.pe).
Las solicitudes que no se presenten paralelamente con la Declaración de Renta tendrán que esperar cinco días hábiles para poder ser fraccionadas.
Los montos a fraccionar deberán ser superiores al 10 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir S/ 395.
Foto referencial: Agencia Andina
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Posted by PQS on Lunes, 4 de abril de 2016
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