El voto de confianza al gabinete Ana Jara sigue en veremos. El constitucionalista Samuel Abad nos explica el tema.
La cuestión de confianza para el Gabinete Ministerial quedó en suspenso. Luego de 17 horas de debate, la abstención de 63 congresistas no le permitió a la presidenta del Consejo de Ministros, Ana Jara, salir airosa con la envestidura. La sesión del Pleno del Congreso se suspendió ayer por la madrugada y se reanudará mañana a primera hora, cuando la moción pasará a una segunda votación.
¿Qué pasa si el Gabinete vuelve a recibir el rechazo del Congreso? ¿Mañana quedará definida realmente la cuestión de confianza? ¿Puede el presidente Ollanta Humala insistir con el mismo Gabinete? La respuesta a todas estas preguntas las tiene el constitucionalista Samuel Abad, quien en entrevista con PQS destacó que los miembros del Congreso- tras la experiencia previa del caso René Cornejo- han interpretado que la abstención no es sinónimo de rechazo.
Por: Samir Abugattás
¿Qué dice la Constitución con respecto al voto de confianza?
Que todo nuevo gabinete, en un plazo de 30 días, debe ir al Congreso para exponer las políticas que llevarán a cabo. El Gabinete le pide la cuestión de confianza al Congreso y este decidirá si se lo otorga o no.
¿Qué pasa si no se da?
Si no se da, el Gabinete tiene que irse y en consecuencia el presidente Ollanta Humala tendría que aceptar las renuncias. Tendría que formarse un nuevo Consejo de Ministros.
¿Cuántos votos se necesitan?
Depende de los congresistas presentes. Se necesita la mitad más uno de los presentes, mayoría simple.
¿Cómo se complementa con el reglamento del Congreso? ¿Está estipulado que se va a una segunda votación en caso las abstenciones sean mayoría?
Primero lo que dice la Constitución es que cuando se nombra un nuevo Gabinete, este tiene que acudir al Congreso a pedir el voto de confianza. La Constitución dice que si se aprueba, perfecto, si no se aprueba, se tiene que ir. Más no dice.
El reglamento del Congreso en ningún caso se pone ante el supuesto de que el número de abstenciones sea el superior. Un congresista vota a favor o en contra, acá lo que han hecho es abstenerse, que deja al proceso en una clase de limbo. No han negado la confianza ni la han aprobado. No está claramente estipulado cuáles son las consecuencias. Mucho se da de acorde a interpretaciones. Muchos dicen que no se le ha dado el voto de confianza a Ana Jara, mientras que otros estipulan que aún no hay nada confirmado. La sesión del pleno no ha finalizado. Ha sido suspendida. Esto quiere decir que aún no hay un acuerdo.
Entonces, la segunda votación nace de interpretaciones dentro del Congreso. No está estipulado en ningún reglamento.
No, no está estipulado ni lo dice el reglamento. En el Congreso han interpretado, como en el caso (René) Cornejo, que la abstención no es un pronunciamiento de rechazo. Y que la sesión continúa y en consecuencia se va a votar hasta que haya una aceptación o una negación.
Entonces se podría llegar a una tercera votación y hasta a una cuarta…
Es un absurdo. No debería ocurrir eso. Ya deberían de tomar una decisión. Para bien o para mal, pero que la tomen. Las abstenciones le quitan la sensación de seriedad.
¿Qué implica que el Gabinete esté en funcionamiento hace aproximadamente veinte días sin el voto de confianza? ¿Puede trabajar en manera natural?
No hay ningún problema. Va a seguir funcionado hasta que el Presidente de la Nación acepte la renuncia. Así, si se niega el voto de confianza, el Gabinete va a durar hasta que el presidente acepte las renuncias. Eso no ocurre inmediatamente, demora un tiempo.
¿En caso se termine por negar el voto de confianza, el presidente podría volver a insistir con el mismo Gabinete?
Podría hacerlo pero realmente sería un suicidio. Sabe que si ya le negaron una vez, nuevamente se lo van a negar. No sería sensato. En teoría no hay impedimento, pero en la práctica sería absurdo. Formalmente no hay problema. El problema es político. El funcionamiento de los ministros necesita el respaldo del Congreso. Si yo ya le negué la confianza a un ministro, ¿cómo después lo voy a aceptar?
Por otro lado, la Constitución dice que si se ha negado la cuestión de confianza a dos gabinetes distintos, el presidente tiene la potestad de disolver el Congreso.
¿Cómo se da la disolución del Congreso?
Lo que ocurre es que cuando se niegan los votos de confianza a dos gabinetes distintos, la Constitución permite que se disuelva el Congreso. El presidente está facultado de hacerlo luego de que dos de sus gabinetes fueron rechazados.
En términos de panorama democrático. ¿Qué implicaría que un presidente disuelva el congreso?
Es una figura que está prevista en la Constitución entones no es una figura antidemocrática. Nunca se ha presentado en democracia. La disolución del Congreso que hizo Fujimori fue un golpe de Estado. Esto puede generar una sensación de inestabilidad política más allá que esté previsto por la Constitución. Creo que lo mejor es buscar un consenso para por lo menos llegar a un acuerdo.
Foto: El Comercio