La ley que reconoce las prácticas profesionales y preprofesionales como experiencia laboral fue promulgada por el Poder Ejecutivo.
El Ejecutivo promulgó la ley del Congreso que reconoce como experiencia laboral las prácticas preprofesionales y las prácticas profesionales realizadas por los estudiantes y egresados de las instituciones de educación superior universitaria y no universitaria en las diversas instituciones públicas y privadas.
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De acuerdo con la Ley N° 31396, publicada en la Edición Extraordinaria del Boletín Oficial del Diario Oficial El Peruano, el ámbito de aplicación de la norma es en todas las entidades comprendidas en el Decreto Legislativo 1401, Decreto Legislativo que aprueba el Régimen Especial que Regula las Modalidades Formativas de Servicios en el Sector Público, y en la Ley 28518, Ley sobre Modalidades Formativas Laborales.
Detalles
Según la norma, las prácticas preprofesionales que realizan los estudiantes de educación superior universitaria y no universitaria en instituciones públicas o privadas por un periodo no menor de tres meses o hasta cuando el estudiante adquiera la condición de egresado, son reconocidas como experiencia laboral para su desempeño en la actividad pública y privada.
Asimismo, las prácticas profesionales que realizan los egresados de educación superior universitaria y no universitaria en instituciones públicas o privadas por un periodo de hasta un máximo de 24 meses son reconocidas como experiencia laboral para su desempeño en la actividad pública y privada.
Del mismo modo, las prácticas preprofesionales y continuidad como prácticas profesionales que realizan los estudiantes de educación superior universitaria y no universitaria en la misma institución pública o privada por un periodo no menor de tres meses, son reconocidas de manera acumulativa como experiencia laboral para su desempeño en la actividad pública y privada.
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Acceso al sector público
Ley N° 31396 precisa que a los egresados de educación superior universitaria y no universitaria que postulen a un cargo en el sector público que requiera experiencia laboral previa, se les reconoce como tal las prácticas preprofesionales y prácticas profesionales que hayan realizado en el sector público o privado, y de conformidad con la presente norma.
Se indicó además que las entidades del sector privado reconocen como parte de la experiencia laboral las prácticas preprofesionales y las prácticas profesionales realizadas por los estudiantes y egresados de las instituciones de educación superior universitaria y no universitaria que estén debidamente acreditadas y conforme a los criterios de contratación que establezcan estas entidades.
La disposición complementaria de la norma señala que los egresados de educación superior universitaria y no universitaria en el periodo del 2019 al 2022 pueden acreditar practicas profesionales realizadas hasta 24 meses después del levantamiento del estado de emergencia sanitaria a causa del Covid-19.
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