Licencia por maternidad: averigua si puedes acceder

Si estás embarazada recuerda que desde el 10 de marzo el MTPE oficializó la ampliación de la licencia por maternidad de 90 a 98 días. ¡Más detalles a continuación!
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Si estás embarazada recuerda que desde el 10 de marzo el MTPE oficializó la ampliación de la licencia por maternidad de 90 a 98 días. ¡Más detalles a continuación!

Querida lectora, si estás embarazada recuerda que desde el 10 de marzo el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) oficializó la ampliación de la licencia por maternidad de 90 a 98 días. ¡Más detalles a continuación!

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Estos 98 días de descanso por maternidad se distribuyen en un período de 49 días naturales de descanso pre natal y un período de 49 días naturales de descanso post natal. Sin embargo, este goce de descanso podrá ser acumulado si así lo decide la trabajadora embarazada.

¿Cómo acceder al pago del subsidio?
 

  • El subsidio por maternidad se otorga en dinero, con el fin de resarcir el lucro cesante como consecuencia del alumbramiento y de las necesidades de cuidado del recién nacido.
     
  • Para percibir el subsidio la trabajadora debe haber estado afiliada a EsSalud al tiempo de la concepción y tener tres meses de aportación consecutiva o cuatro no consecutivos, dentro de los seis meses calendario anteriores al mes en que se inicia el goce del subsidio.
     
  • En tanto, la asegurada agraria debe contar con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no consecutivos en los últimos doce meses, anteriores al mes en que se inicia el goce del subsidio.
     
  • La trabajadora debe tener vínculo laboral en el momento del goce de la prestación (al inicio y durante el periodo de subsidio).
     
  • Además, la asegurada regular en actividad debe haber tenido vínculo laboral en el mes de la concepción; asimismo, la asegurada de régimen especial y la pescadora y procesadora pesquera artesanal independiente deben haber pagado el aporte del mes de la concepción antes de presentar la solicitud.
     
  • La asegurada debe contar con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses anteriores al mes en que se inicia el goce del subsidio.
     
  • Este dinero se otorga por 98 días, pudiendo éstos distribuirse en los períodos inmediatamente anteriores o posteriores al parto, conforme lo elija la madre, con la condición de que durante esos períodos no realice trabajo remunerado. El subsidio por maternidad se extenderá por 30 días adicionales en casos de nacimiento múltiple o nacimiento de niños con discapacidad.

¿Qué documentos se presenta?
 

  • Formulario 8001, llenado y firmado por la asegurada y la entidad empleadora.
     
  • Formulario 8002, llenado y firmado por la asegurada y la entidad empleadora. Trabajadoras de unidades ejecutoras del sector público, agrario independiente, construcción civil, trabajadora del hogar.
     
  • CITT en original. En caso de certificado médico particular deberá ser canjeado por CITT.
     
  • Copia del DNI del representante legal o funcionario autorizado de la entidad empleadora, que suscribe la solicitud (salvo que cuente con Registro de Firmas en EsSalud).
     

¿Hasta cuándo puedo solicitar este subsidio?
 

  • Tiene como plazo de presentación: 90 días posteriores a la fecha de nacimiento del niño, más 6 meses. En caso de parto múltiple, es de 120 días posteriores a la fecha de nacimiento del niño más 6 meses.

Vía: RPP   Foto referencial: TV Perú

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