Nuevo Régimen Mype Tributario: quiénes se beneficiarán

La norma comprende a contribuyentes que son micro y pequeños empresarios domiciliados en Perú, siempre que sus ingresos netos no superen las 1,700 UIT en el ejercicio gravable. ¡Mira más detalles a continuación!
Nuevo Régimen Mype Tributario: quiénes se beneficiarán

La norma comprende a contribuyentes que son micro y pequeños empresarios domiciliados en Perú, siempre que sus ingresos netos no superen las 1,700 UIT en el ejercicio gravable. ¡Mira más detalles a continuación!

Lector, el Ejecutivo publicó el decreto legislativo que crea el Régimen Mype Tributario (RMT) del Impuesto a la Renta, el cual fue creado en el marco de la delegación de facultades otorgadas por el Congreso de la República. En la siguiente nota descubre a quiénes beneficiará.

>LEE: Seis tips para que una mype evite problemas legales 

El denominado Régimen Mype Tributario comprende a los contribuyentes que son micro y pequeños empresarios domiciliados en el Perú, siempre que sus ingresos netos no superen las 1,700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) en el ejercicio gravable.

Si consideramos que una UIT equivale a S/ 3,950, entonces los ingresos netos de los beneficiarios no deberán superar los S/ 6’715,000.

A continuación te contamos quiénes no estarán comprendidos en el RMT.

1. Los contribuyentes que tengan vinculación directa o indirectamente, en función del capital con otras personas naturales o jurídicas; y cuyos ingresos netos anuales en conjunto superen el límite establecido. El reglamento del decreto legislativo señalará los supuestos en que se configura esta vinculación.

2. Tampoco se podrán beneficiar los contribuyentes que sean sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento permanente en el país de empresas unipersonales, sociedades y entidades de cualquier naturaleza constituidas en el exterior.

3. Además el Régimen Mype Tributario no comprenderá a quienes hayan obtenido en el ejercicio gravable anterior ingresos netos anuales superiores a los 1,700 UIT.

En el caso que los sujetos se hubieran encontrado en más de un régimen tributario respecto de las rentas de tercera categoría, deberán sumar todos los ingresos, de acuerdo al siguiente detalle, de corresponder:

  • Del Régimen General y del RMT se considera el ingreso neto anual.
  • Del Régimen Especial deberán sumarse todos los ingresos netos mensuales según sus declaraciones juradas mensuales a que hace referencia el inciso a) del artículo 118° de la Ley del Impuesto a la Renta.
  • Del Nuevo RUS deberán sumar el total de ingresos brutos declarados en cada mes.

La nueva norma señala que los sujetos del RMT determinarán la renta neta de acuerdo a las disposiciones del Régimen General contenidas en la Ley del Impuesto a la Renta y sus normas reglamentarias.

El reglamento del presente decreto legislativo, que estará a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) vía decreto supremo, podrá disponer la no exigencia de los requisitos formales y documentación sustentatoria establecido en la normativa que regula el Régimen General del Impuesto a la Renta para la deducción de gastos a que se refiere el artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta, o establecer otros requisitos que los sustituyan.

>LEE: Cinco herramientas digitales para emprendedores 

Foto referencial: Andina 

Total
0
Shares
Agregue un comentario

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *

Post previo
apps, hablar en publico, aplicaciones, apps móviles, exposiciones

Siete apps gratuitas para aprender a hablar en público

Post siguiente
Diez desafíos de la gestión de talento en la era digital

Diez desafíos de la gestión de talento en la era digital

Related Posts