Conoce qué debes considerar al momento de elegir a la institución financiera para el depósito o para el traslado de tu CTS.
Las empresas privadas tienen hasta el 15 de noviembre para realizar el depósito de la CTS (Compensación por Tiempo de Servicio) a todos sus trabajadores. Este beneficio tiene como objetivo cubrir las necesidades de las personas cuando están en una etapa de transición originado por el cese de una relación laboral.
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Para este segundo depósito semestral, Caja Piura brinda cinco consejos que debes considerar al momento de elegir a la institución financiera para el depósito o para el traslado de tu CTS:
1. Infórmate sobre la institución financiera (IFI)
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) brinda, de manera gratuita, una relación de las instituciones financieras autorizadas para recibir los depósitos de CTS, así como las tasas de interés que ofrecen cada una de ellas.
Además puedes informarte sobre su experiencia (años funcionado), solidez financiera (respaldo patrimonial y endeudamiento), solvencia financiera (suficiencia de liquidez para atender a sus ahorristas) y cobertura a nivel nacional (para disponer de tu dinero en cualquier parte del país).
2. Las Cajas Municipales son confiables y tienen 34 años de experiencia en el mercado
Al igual que los bancos, las Cajas Municipales están reguladas y autorizadas a recibir depósitos por CTS. Instituciones como Caja Piura ofrecen la tasa única de 7.5% de TREA en soles (vigente desde 2 de noviembre 2016) y sin restricciones de monto, es sólida, solvente y cuenta con cobertura a nivel nacional.
Para depósitos CTS en dólares, la tasa máxima es de 2.50%. Al igual que todas las IFIs que operan bajo supervisión de la SBS, estos depósitos están asegurados por el Fondo de Seguros de Depósitos hasta un monto de S/. 96,227 o su equivalente en dólares.
3. Traslado de CTS
Si ya posees una cuenta de CTS puedes solicitar el traslado de la misma a otra Institución Financiera, a través de una solicitud a tu empleador y este le solicitará tu traslado a la Institución financiera de tu conveniencia donde mantendrás tu depósito CTS.
4. Retiro total
Es válido extraer la totalidad del dinero depositado, así como los intereses generados de la entidad financiera solamente al cese de la relación laboral con el empleador.
5. Retiro parcial
La disponibilidad de este retiro se presenta cuando el depósito acumulado supera por cuatro veces el sueldo del trabajador; se dispone del excedente en efectivo.