El Indecopi publicó lineamientos en materia para la colocación de anuncios publicitarios
Emprendedor, los anuncios o letreros publicitarios son muy importantes para tu negocio. Sin embargo, su colocación requiere un procedimiento que tú debes saber al pie de la letra para evitar multas.
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Te contamos que el Indecopi publicó diversos lineamientos que aplicará la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, entre ellos, en materia de Colocación de Anuncios Publicitarios.
A continuación, te presentamos algunos aspectos que debes conocer:
1. ¿Qué debes tener en cuenta con respecto a la autorización para la ubicación de anuncios publicitarios?
Está vinculada solo con la organización del espacio físico y uso del suelo, pero no con la verificación del contenido o mensaje publicitario.
No está permitido:
- Exigir una autorización por cada cara del anuncio
- Exigir la renovación del anuncio por cambio en su contenido
- Exigir que el contenido del anuncio esté relacionado al giro del negocio.
2. Autorización
La autorización para la ubicación de anuncios publicitarios solo es necesaria cuando se trate de publicidad exterior, por lo que está prohibido que las municipalidades exijan autorizaciones para la colocación de anuncios publicitarios que se encuentren dentro de un local comercial o en los pasillos de circulación común de los centros comerciales.
Asimismo, está prohibido exigir una autorización por la simple exposición de mensajes publicitarios adheridos o incorporados en personas a través de vestimentas o disfraces.
3. Vigencia de la autorización
La autorización de los anuncios publicitarios cuentan con vigencia indeterminada, en tanto no se modifiquen las condiciones físicas del anuncio, salvo que exista una ley que lo habilite.
4. Costos y pagos
Las municipalidades son las encargadas de realizar el cobro por el otorgamiento de la autorización para la ubicación de los anuncios publicitarios.
El cobro debe limitarse al costo generado por evaluar la ubicación del aviso al momento de presentarse la solicitud y no debe superar el monto de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), para el 2016 es de S/ 3,950.
Adicionalmente, las municipalidades no podrán establecer cobros por la fiscalización y/o control posterior de los anuncios publicitarios autorizados.
5. Formalidades con las que debe cumplir el procedimiento de autorización
- Haber sido establecido mediante ordenanza.
- Haber sido compendiado y sistematizado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA).
- El TUPA debe haber sido aprobado mediante ordenanza y publicado en el diario oficial de la provincia.
- En el caso del derecho de trámite, la municipalidad provincial deberá haber ratificado la ordenanza que aprueba dicha tasa y la ratificación deberá estar publicada en el diario oficial de la provincia.