Transacciones Básicas.Medida tiene como propósito facilitar el acceso de más personas a los servicios financieros, precisó la SBS.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) modificó los límites aplicables a las transacciones que se llevan a cabo mediante los establecimientos de operaciones básicas (EOB), con la finalidad de facilitar el acceso de más personas a los servicios financieros y promover una mayor inclusión financiera.
Así lo establece la Resolución SBS N.° 2116-2026, publicada el 26 de agosto en el Diario Oficial El Peruano, mediante la cual se eleva el límite hasta seis unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a 33,000 soles, para los retiros y depósitos vinculados a operaciones de crédito, tales como desembolsos, pago de cuotas, prepagos de capital y cancelaciones.
En la norma, se precisa que, en el caso de las demás operaciones, se mantiene el límite vigente de 2 UIT, es decir, 11,000 soles. De igual manera, se dispone ampliar de 10 UIT a 30 UIT (165,000 soles) el límite diario de efectivo en caja para las EOB, sujeto a la implementación de medidas de control acordes con el nivel de riesgo asumido y a la presentación ante la SBS del informe de riesgos por nuevos productos y cambios importantes.
En la parte considerativa del dispositivo legal, se precisa que esta medida busca atender de manera más oportuna las necesidades de efectivo de los usuarios, especialmente en zonas rurales o de difícil acceso, fortaleciendo el uso de las EOB como canales complementarios de atención.
Aprende más
· Los EOB son puntos de atención presenciales, operados por las empresas del sistema financiero y las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico (EEDE), que funcionan en establecimientos fijos o móviles.
· Constituyen canales complementarios a las oficinas para atención al público.
Vía: Guik
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